Quiero solucionar mi conflicto por la vía de la Conciliación Extrajudicial ¿Cómo lo inicio?

Con la información que te proporcionamos, conocerás más sobre la conciliación extrajudicial, los conflictos que pueden resolverse por esta vía, así como los que no son conciliables; de esta forma, tendrás una alternativa a la vía judicial para solucionar tus conflictos. Mediante la Plataforma también podrás contactarte con Fundación UNIR Bolivia que es una organización civil especializada en prestar el Servicio de Conciliación.


  • ¿Qué es la conciliación extrajudicial?

Es un método de solución de conflictos mediante el cual dos o más personas (partes) gestionan la solución de sus diferencias de una manera pacífica y amistosa, con la ayuda de una   conciliadora o conciliador certificado.

  • ¿Qué documento obtendrás?

Si las partes logran acuerdos para resolver su controversia, éstos se incorporan en un Acta de Conciliación que firmarán de forma libre y voluntaria. Una vez firmado, los acuerdos son de cumplimiento obligatorio, y tienen el valor de una sentencia judicial.

  • ¿Qué conflictos se pueden resolver mediante la conciliación?

Por esta vía se pueden resolver los conflictos relacionados con:

    • El cuidado de las hijas o hijos, es decir, cuál de los progenitores (madre o padre) se quedará al cuidado de ellos y cómo serán las visitas.
    • La asistencia familiar: fijación del monto, características del pago, incremento, disminución o cesación.
    • Los surgidos por la división y partición de bienes adquiridos en el matrimonio.
    • Por la división de herencia entre hermanas y hermanos u otros familiares.
    • Por el pago o cobro de deudas de dinero o mercancía.
    • Los derivados de alquileres o anticréticos.
    • Por contratos de obra y/o servicios: incumplimiento de la obra y/o servicio, incumplimiento de pago, modificaciones al contrato o resarcimiento.
    • Los derivados de la compra o venta de bienes muebles o inmuebles.
    • Por asuntos comerciales: manejo y administración de una sociedad comercial, cumplimiento de obligaciones comerciales, disolución o liquidación de una sociedad.
    • Conflictos vecinales por humedades, filtraciones, rajaduras, fisuras, ruidos molestos, daños ocasionados por construcciones o muros medianeros.
    • Los relacionados con trámites municipales: invasión o sobreposición de linderos o predios, uso de pasajes comunes, propiedad horizontal, servidumbres de paso.
    • Y otros.
  • ¿Qué conflictos no son conciliables?

No se pueden conciliar los asuntos vinculados a:

    • Divorcio.
    • Violencia intrafamiliar.
    • Cuestiones que afecten al orden público.
    • Asuntos en los que la otra parte es el Estado.
  • ¿Por qué acudir a la vía de la conciliación extrajudicial?

Porque se evita procesos judiciales, no se necesita abogados, es más rápida, económica y lo más importante es que las partes deciden la solución de sus conflictos, siendo sus características:

    • La voluntad. Las personas acuden sin presión y sin ser obligadas.
    • La confidencialidad. La información intercambiada queda en reserva y no tiene valor probatorio.
    • La flexibilidad. Se adapta a las particularidades de la controversia, además de ser simple e informal.
  • ¿Qué pasa si no se cumplen los acuerdos del Acta de Conciliación?

Si alguna de las partes no cumple los acuerdos, la parte afectada podrá solicitar la ejecución forzosa para el cumplimiento de los acuerdos, es decir, podrá pedir que el Juez obligue a su cumplimiento.


Requisitos básicos para solicitar la conciliación en Fundación UNIR Bolivia:

Debes conocer el nombre(s) y apellido(s) de la persona con quien quieres conciliar y tener AL MENOS dos de los siguientes datos:

  • Número de su teléfono fijo o celular.
  • Correo electrónico.
  • Croquis de su domicilio que señale: nombre de la avenida o calle, número y zona.

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